Buenos Aires, 16/04/2024, edición Nº 3810
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Vence el plazo para recategorizarse en el monotributo

Con un tutorial subido a Youtube, la Afip explica cómo hacer el trámite

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(CABA) Hoy vence la recategorización para los monotributistas. Los precios nominales suben, pero los valores de los parámetros de las diferentes categorías de encuadre quedaron anclados al año 2013. Eso produce que, mes a mes, muchos pequeños contribuyentes sean expulsados del Régimen Simplificado.

Por otra parte, del 26/9 al 30/9 operan los vencimientos para que los monotributistas categorizados en la categoría F en adelante o sean empleadores presenten la declaración jurada informativa cuatrimestral. Desde ya que, el régimen se encuentra totalmente desactualizado y esa falta de actualización (ingresos, alquileres) ante la inflación corrida provocará la expulsión del régimen de aquellos monotributistas que excedan los parámetros máximos estipulados en 2013.

Recategorización

https://www.youtube.com/watch?list=PLGyywnUE5VI1eXeZaXJnrKI7TaZSPljo1&v=asHq6IO4dMM

Los sujetos adheridos al Monotributo deben revisar su situación al finalizar cada cuatrimestre: enero/abril, vence el 20 de mayo; mayo/agosto, el 20 de septiembre y octubre/diciembre, el 20 de enero.

Para ello deben verificar si existen modificaciones en los parámetros como: los ingresos brutos devengados, la energía eléctrica consumida, los alquileres devengados, de los doce meses inmediatos anteriores, en este caso de septiembre 2015 a agosto 2016, y la superficie afectada a la actividad hasta el último día del cuatrimestre. Atención para aquellos monotributistas que trabajan en relación de dependencia y a su vez ejercen alguna actividad que encuadra en el Monotributo, no deben computar los sueldos o remuneraciones para determinar los ingresos brutos anules, sólo deben computar los ingresos de la actividad adherida al Monotributo

Del mismo modo si un monotributista ejerce dos actividades, vende cosas muebles y a la vez presta servicios, la calificación como ventas o servicios la determinará la actividad de mayor ingreso.

El trámite se realiza a través de la página web utilizando clave fiscal ingresando al servicio“Sistema Registral”, opción “Registro Tributario / Monotributo / Recategorización”. NT

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