Buenos Aires, 23/04/2024, edición Nº 3817
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Se determinó que los inquilinos no deben pagar la comisión de los alquileres

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El Juzgado N° 14 del Fuero Contencioso Administrativo y Tributario, desestimó un recurso presentado por el sector inmobiliario y serán los propietarios los que se hagan cargo de ese gasto. No podrá ser superior al 4,15% del valor del inmueble.

Esta demanda había sido interpuesta por el Centro de Corredores Inmobiliarios y por el Colegio Único de Corredores Inmobiliarios, quienes solicitaban la declaración de inconstitucionalidad de la Ley N° 5.859, sancionada el año pasado por la Legislatura porteña.

Los puntos de la norma que generaron mayor rechazo entre las inmobiliarias fueron, principalmente, la prohibición de cobro de comisiones a los inquilinos, y establecer un tope de 4,15% del valor del inmueble. Este porcentaje deberá afrontarlo el propietario. Por otra parte, la ley plantea que sean gratuitos los informes de dominio necesarios para la realización de los contratos de locación.

La idea de la norma fue reducir los costos que afrontaban los inquilinos a la hora de firmar un contrato. Entre la comisión, los meses de depósito y adelanto, los certificados de firmas y otros trámites, el monto de ingreso podía entonces equivaler hasta cinco meses de alquiler.

«Si bien la Ley N°5.859 no resuelve la totalidad de las problemáticas que enfrentan los inquilinos, mitiga una de las dificultadas vinculadas a las barreras de acceso a la vivienda en alquiler, como es el pago de la comisión inmobiliaria, y su ratificación es un punto de partida con miras a seguir trabajando para buscar soluciones para el sector», expresó en un comunicado la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia.

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